En materia de impuestos, uno de los temas que los contribuyentes deben tener presente es el calendario tributario para la segunda mitad del año para que el pago de estas obligaciones no los tome por sorpresa.
Pero, más allá de eso, también es importante tener claridad sobre el tipo de tributos que se deben cancelar en el país y sus diferencias. En Colombia, existen tres grandes categorías, las cuales se dividen de acuerdo a quien cobre los mismos y pueden ser de jurisdicción nacional, departamental o municipal.
Impuestos nacionales: Los impuestos nacionales son aquellos que emite el Gobierno y son aprobados o modificados por el Congreso de la República. Estos están dirigidos tanto para las personas naturales como jurídicas y se aplican en todo el territorio nacional a los contribuyentes obligados.
La entidad encargada de recaudar estos recursos es la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
Fuente: Portafolio
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